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Adecuación a la LOPD |
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La LOPD establece una serie de obligaciones relativas a la recogida de los datos, consentimiento,almacenaje, conservación, uso, datos especialmente protegidos, comunicación o cesión de datos,acceso, rectificación, creación de ficheros, alta en el Registro de la Agencia de Protección de Datos,etc.
Del mismo modo, se establecen las medidas que se han de adoptar |
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obligatoriamente para garantizar la seguridad respecto de los ficheros automatizados, los centros de tratamiento, locales, equipos, sistemas, programas y las personas que intervengan en el tratamiento automatizado de los datos de carácter personal.
Las obligaciones legales pueden resumirse en cuatro partes:
Notificación de los ficheros de datos a la Agencia de Protección de Datos.
Adopción de las medidas de seguridad relacionadas en la Ley y el Reglamento en función del nivel de seguridad exigible.
Redacción del documento de seguridad que recoja todas las medidas adoptadas.
Redacción de los contratos y aplicación de las cláusulas necesarias para la recogida de datos,los tratamientos por terceros y las cesiones o comunicaciones de datos.
Imposición de sanciones por la administración
Las inspecciones de la Agencia pueden realizarse de oficio o a partir de una denuncia. La LOPD clasifica las posibles infracciones en leves, graves y muy graves, estableciendo una gama de sanciones que van desde los 600 € (100.000 pesetas) a los 600.000 € (100 millones de pesetas).
El desconocimiento de los requisitos legales genera infracciones que desembocan frecuentemente en fuertes sanciones.
Ventajas de la adecuación a la LOPD
Adecuar la empresa a la LOPD no sólo sirve para cumplir la Ley evitando así la imposición de altas sanciones, sino también para incrementar la imagen de profesionalidad de la empresa al garantizar
determinados derechos reclamados desde siempre por los consumidores y clientes:
Garantizar la seguridad jurídica
Garantizar la confidencialidad.
Garantizar el pleno ejercicio de los derechos personales |
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